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Accidentes de tránsito · CABA y GBA

Abogado por accidente de tránsito en CABA y GBA

Si tuviste un accidente como conductor, acompañante, motociclista, ciclista o peatón, tenés derecho a que te indemnicen por todo el daño: no solo el auto. Reclamamos a la aseguradora el monto real, y si no paga lo que corresponde, vamos a juicio.

DañosAccidentes de tránsito · CABA

Qué se puede reclamar

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Lesiones e incapacidad

Gastos médicos, rehabilitación y la incapacidad física o psíquica que quede, valuada con pericia.

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Lucro cesante

Los ingresos que dejaste de percibir mientras no pudiste trabajar, con o sin relación de dependencia.

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Daños al vehículo

Reparación o destrucción total, desvalorización y privación de uso mientras el auto o la moto no estuvo disponible.

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Daño moral

Las consecuencias no patrimoniales del accidente: el padecimiento, el miedo y la alteración de la vida cotidiana.

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Peatones, ciclistas y motos

Los usuarios más vulnerables tienen una protección especial y el reclamo se dirige contra el conductor, el titular y su aseguradora.

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Causa penal en paralelo

Si hubo lesiones graves o un fallecimiento, la causa penal por lesiones u homicidio culposo se lleva desde el mismo estudio.

Qué hacer inmediatamente después del accidente

  • Llamá a la policía y pedí que se labre el acta, aunque el otro conductor proponga "arreglar" en el lugar. Sin acta, probar el accidente después es mucho más difícil.
  • Sacá fotos de los vehículos, las patentes, la posición final, los daños, las marcas en el asfalto y las señales de tránsito. Anotá nombre, DNI, teléfono y seguro del otro conductor.
  • Buscá testigos y pediles un teléfono. Fijate si hay cámaras en comercios o en la vía pública: las grabaciones se borran en días.
  • Atendete el mismo día, aunque te sientas bien. La constancia médica de la fecha del accidente es la prueba principal de las lesiones.
  • No firmes nada con la aseguradora ni aceptes una oferta sin asesorarte. Un acuerdo cierra el reclamo de forma definitiva.

La guía accidente de tránsito: cómo reclamar a la aseguradora amplía estos pasos y explica por qué la primera oferta suele estar por debajo de lo que corresponde.

Cómo trabajamos el reclamo

  1. Evaluación del caso. Revisamos el acta, las fotos, la historia clínica y la póliza del responsable, y te decimos por escrito qué es viable reclamar, en cuánto tiempo y qué cuesta.
  2. Reclamo a la aseguradora. Presentamos el reclamo extrajudicial con la prueba del accidente y la valuación del daño. Muchos casos se resuelven en esta etapa, pero solo cuando la oferta refleja el daño real.
  3. Mediación prejudicial. En CABA y en la Provincia de Buenos Aires es obligatoria antes de demandar. Es otra instancia de negociación, con el respaldo de que la demanda ya está lista.
  4. Demanda por daños y perjuicios. Si no hay acuerdo, demandamos al conductor, al titular del vehículo y citamos en garantía a la aseguradora. Las pericias médica, mecánica y contable son las que fijan el monto.

Peritaje contable propio. Cuando el lucro cesante es importante —trabajadores independientes, comerciantes, profesionales— la contadora pública y perito judicial del estudio cuantifica el ingreso perdido con la documentación necesaria para que el juez lo reconozca.

Plazos que conviene conocer

  • Tres años para iniciar la acción por daños y perjuicios, contados desde el accidente. Es el plazo de prescripción del Código Civil y Comercial.
  • Cuanto antes para la denuncia del siniestro ante tu propia aseguradora, si vas a usar tu cobertura: las pólizas fijan plazos muy cortos.
  • Las cámaras y los testigos no esperan. Las grabaciones se sobrescriben en días y los testigos se pierden en semanas. Por eso el reclamo se arma en los primeros días, no en el último año.

Honorarios

Antes de iniciar el reclamo te explicamos por escrito cómo se calculan los honorarios y qué gastos puede haber (mediación, pericias, tasa de justicia). En estos reclamos es habitual que los honorarios se pacten como un porcentaje de lo que efectivamente se cobra, de modo que el estudio recién cobra cuando cobrás vos.

Dónde atendemos

Reclamos por accidentes ocurridos en la Ciudad de Buenos Aires y en el Gran Buenos Aires, ante la justicia nacional en lo civil (tribunales de Lavalle y Talcahuano) y ante los juzgados civiles y comerciales de La Matanza, Morón, San Martín, Lomas de Zamora, Quilmes y San Isidro. El estudio está en Av. Rivadavia 8012, Floresta, cerca de Flores, Villa Luro, Liniers, Mataderos y del acceso al conurbano oeste por Ramos Mejía, Haedo, Morón y San Justo.

Preguntas frecuentes sobre accidentes de tránsito

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Tres años desde el accidente. Pero conviene consultar cuanto antes: con el tiempo se pierden testigos, cámaras y constancias médicas que son claves para probar el hecho y las lesiones.

¿Qué se puede reclamar?

Gastos médicos, incapacidad, días de trabajo perdidos, daño al vehículo y privación de uso, rehabilitación y daño moral. El monto depende de las lesiones, la edad y la actividad de la persona.

¿Tengo que aceptar la primera oferta de la aseguradora?

No. Suele estar por debajo de lo que corresponde y firmar cierra el reclamo. Antes de aceptar, conviene que un abogado calcule el valor real del daño.

¿Y si el otro conductor no tenía seguro?

El reclamo se dirige contra el conductor y el titular del vehículo. Algunas pólizas propias cubren daños por terceros no asegurados; analizamos cada póliza para ver qué vía conviene.

¿Cómo se cobran los honorarios?

Te lo explicamos por escrito antes de empezar. En estos reclamos es habitual pactarlos como un porcentaje de lo que efectivamente se cobra.

¿Puedo reclamar si fui acompañante o pasajero?

Sí. El acompañante reclama contra los responsables del accidente y sus aseguradoras, sea del vehículo en el que viajaba o del otro, sin que importe quién tuvo la culpa entre ellos.

Consulta por accidente

Contanos qué pasó

Con la fecha del accidente, qué lesiones hubo y si intervino la policía o una aseguradora nos alcanza para decirte si el reclamo es viable y qué se puede pedir. Te respondemos en menos de 2 horas hábiles.

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